La Ley de Migración continúa criminalizando la migración en México
México DF, 8 de marzo de 2011
Comunicado de Prensa
* La Ley sigue sin garantizar los derechos humanos de las personas migrantes
* Con esta iniciativa no se disminuyen los riesgos ni la violencia que enfrentan las personas migrantes a diario en territorio mexicano
* La Cámara de Diputados deberá eliminar la criminalización en la Ley de Migración
La perspectiva desde la cual está planteada la Ley es de seguridad (nacional, pública y fronteriza) y no desde una óptica multidimensional que entienda el tema como un fenómeno social entre cuyas aristas está la de seguridad y la gestión de los flujos, pero no se limita sólo a éstas dos. En el art. 4 se señala: “La aplicación de esta Ley corresponde a la Secretaría, para lo cual podrá auxiliarse y coordinarse con las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuyas atribuciones estén vinculadas con la materia migratoria”.
Persiste una alta discrecionalidad en las acciones de la autoridad encargada de implementar la ley. Los art. 31 y 32 señalan por ejemplo, facultades exclusivas para fijar y suprimir los lugares destinados al tránsito internacional…previa opinión de otras dependencias… o podrá cerrarlos temporalmente … por causas de interés público. Es necesario definir estas causas.
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