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Acciones Urgentes
Sin Fronteras deplora la discriminación institucional contra extranjeros en México Sin Fronteras deplora la discriminación institucional contra extranjeros en México
ACCIÓN URGENTE
SF/01/2010
México, Distrito Federal.
03 de Marzo de 2010.
SIN FRONTERAS DEPLORA LA DISCRIMINACION INSTITUCIONAL CONTRA EXTRANJEROS EN MEXICO
Sin Fronteras lamenta que autoridades mexicanas, encargadas de promover la eliminación de cualquier forma discriminación por motivo de raza, color u origen étnico, sean quienes la instituyan mediante interpretaciones de la ley basadas en prejuicios y prácticas racistas, reflejando el clima de discriminación institucional que se vive en nuestro país.
ANTECEDENTES
En nuestro trabajo diario constatamos el problema de la discriminación contra los extranjeros. La integración de quienes deciden adoptar a México como su segundo hogar se ve entorpecida por barreras como el idioma, la falta de acceso a los servicios educativos y de salud, pero especialmente, por la discriminación de la que son objeto en diferentes ámbitos. Ejemplo de ello, a los nacionales colombianos a menudo se les señala como narcotraficantes o guerrilleros y con ese argumento se les acosa en centros de trabajo y educativos; por su parte, a personas afrodescendientes se les relaciona con la falsificación de dólares. Estas situaciones se presentan de manera cotidiana con vecinos, empleadores o compañeros de trabajo.
HECHOS
Stephen Compton, pintor australiano, que ha estado ilegalmente privado de su libertad desde el pasado 19 de noviembre de 2009 en la Estación Migratoria de Iztapalapa, nunca fue informado sobre sus derechos de manera efectiva por parte de las autoridades migratorias, nunca se le dijo cuáles eran las disposiciones administrativas que había violado, no se le permitió aportar pruebas ni nombrar abogado que los auxiliara en su procedimiento administrativo migratorio.
Sin Fronteras decidió tomar su defensa desde el 7 de diciembre de 2009, fecha en que se interpuso un amparo para intentar restituir a Stephen en las violaciones a Derechos Humanos que ha sufrido.
Desde que las autoridades se enteraron de que Stephen estaba defendiendo sus derechos, el Instituto Nacional de Migración ha ejercido distintos tipos de presiones y amenazas para que se desista del amparo. Ésta, también es una práctica sistemática en las Estaciones migratorias, pues dichas autoridades no se rigen por el Estado de Derecho, sino por la discrecionalidad y opacidad en sus resoluciones.
Ahora bien, el 13 de enero de 2010 el Juez Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal concedió un Amparo a Stephen Compton reconociendo que habían existido violaciones en el procedimiento administrativo seguido en su contra, basando su resolución en tratados internacionales en materia de Derechos Humanos y reconociendo que eran obligatorios para el Estado Mexicano.
Sin embargo, el 27 de enero de 2010 Sin Fronteras tuvo conocimiento que el C. Agente del Ministerio Público Melchor Jiménez Cruz había interpuesto un recurso de revisión en contra de la sentencia del 13 de enero de 2009 argumentando que el conceder el amparo y protección a Stephen Compton daña a México dado que concederle el amparo sería tanto como quitarle el trabajo a los mexicanos.
El caso de Stephen Compton será resuelto de manera definitiva por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito el 11 de marzo de 2009.
En ese sentido, tras los hechos antes relatados Sin Fronteras manifiesta lo siguiente:
* Condenamos categóricamente la discriminación institucional fomentada por el Agente del Ministerio Público Melchor Jiménez Cruz contra las personas migrantes.
* Rechazamos de manera categórica que hechos de esta naturaleza se hayan convertido anacrónicamente en un status quo por parte de algunas autoridades encargadas de la impartición de justicia en México en contra de las personas migrantes.
* Exhortamos a todas las autoridades mexicanas involucradas en este caso a que implementen las obligaciones en materia de Derechos Humanos, tales como la eliminación de todas las formas de discriminación racial, que México ha adquirido.
INFORMACION COMPLEMENTARIA
El caso de Stephen Compton, migrante australiano, es representativo de las casi 100 mil personas migrantes recluidas cada año en las estaciones migratorias durante el periodo de 2007 a 2009 en México, por el incumplimiento de las disposiciones administrativas migratorias vigentes. A estas personas extranjeras se les restringen sus derechos humanos, como la libertad, el derecho al debido proceso, el acceso a la justicia, el derecho a solicitar y a recibir asilo, el derecho a la salud y a la educación.
Es fundamental recordar que la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, promulgada en 2003, considera como discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, entre otros motivos, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas. El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) recientemente se pronunció para condenar los hechos de xenofobia en contra de migrantes centroamericanos en el Estado de Coahuila y llamó a no estigmatizar a personas extranjeras que se encuentran en territorio nacional con o sin calidad migratoria ni a acusarles por anticipado de ser peligrosas.
ACCIONES RECOMENDADAS
Envíen sus llamamientos para que lleguen los más rápido posibles en español o en su propio idioma.
LLAMAMIENTOS A:
Lic. Fernando Gómez Mont
Secretario de Gobernación
Bucareli 99, 1er. Piso, Col. Juárez,
Del. Cuauhtémoc,
C.P. 06600 México D.F.
Fax: (52.55) 50933414
Correo:
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Lic. Cecilia Romero Castillo
Comisionada del Instituto Nacional de Migración
Instituto Nacional de Migración
Calle Homero 1832, Col. Los Morales, Del. Miguel Hidalgo
México D.F., C.P. 11510
Fax: +52 55 5557 9865 (si responde una voz, digan: “me da tono de fax, por favor”)
Tratamiento: Señora Comisionada
Dr. Raúl Plascencia Villanueva
Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)
Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Edificio “Héctor Fix Zamudio”, 6° piso
Blvd. Adolfo López Mateos n° 1922, Col. Tlacopac San Ángel, Del. Álvaro Obregón
México D.F., C.P. 01040, MÉXICO
Fax: +52 55 5681 7199
Tratamiento: Señor Presidente
Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito
Av. Revolución # 1508, 1er piso, Torre B, Col. Guadalupe Inn, Del. Álvaro Obregón, C.P. 01020, México, D.F.
Titulares
Magdo. Ricardo Ojeda Bohórquez (Presidente)
Teléfono: (55) 56-63-41-36
COPIA A
Organización Sin Fronteras IAP
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Embajadora Katrina Cooper
Embajada de Australia en México
Rubén Darío 55, Col. Bosque de Chapultepec,
11580 México D.F.
México
Fax: 55 1101 2201
Mail:
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